El Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) ganó una medida cautelar en la Justicia del Trabajo contra la Universidad del Salvador (USAL). El Juez de Primera Instancia, Pablo Candal, le ordenó a la casa de altos estudios abstenerse de “obstaculizar el acto eleccionario del día 7 de noviembre del corriente año”.
Además, tendrá que asignar “un lugar adecuado para llevar a cabo el acto electoral convocado en el domicilio de la calle Callao 835 CABA y deberá poner a disposición del SADOP en forma inmediata un listado de personal docente, docente auxiliar titular y suplente que preste servicios en el establecimiento, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias de $1000.- por día, que se computarán a partir de la comunicación de la presente resolución”.
En la medida se detalla que la “entidad educativa demandada le desconoció arbitrariamente la personería gremial sin causa jurídicamente válida, impidiéndole el ejercicio de la libertad sindical”.
Asimismo, el Juez de Primera Instancia señaló que frente a la “nitidez de la verosimilitud del derecho, es claro el peligro en la demora, si se tiene presente que la actora convocó elecciones de delegados para el próximo 07/11/2016, puesto que el perjuicio que se generaría si no se dictara una medida precautoria el pleno ejercicio de la libertad sindical no podría conjurarse con una eventual sentencia sobre el fondo de la pretensión”.
Aquí la medida cautelar competa