Artículo 19°. Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad.
“Convención sobre derechos de las personas con discapacidad “. Ley 26.378
“ Los Estados partes, en la presente Convención, reconocen el derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, con opciones iguales a las de los demás y adoptarán medidas efectivas y pertinentes para facilitar el pleno goce de este derecho por las personas con discapacidad y su plena inclusión y participación en la comunidad, asegurando en especial que:
- Las personas con discapacidad tengan la oportunidad de elegir su lugar de residencia y donde y con quien vivir, en igualdad de condiciones con las demás y no se ven obligadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico.
- Las personas con discapacidad tengan acceso a una variedad de servicios de asistencia domiciliaria, residencial y otros servicios de apoyo de la comunidad incluida la asistencia personal que sea necesaria para facilitar su existencia y su inclusión en la comunidad y para evitar su aislamiento o separación de esta:
- Las instalaciones y servicios comunitarios para la población en general estén a disposición, en igualdad de condiciones de las personas con discapacidad y tengan en cuenta sus necesidades.”
Siempre es necesario y oportuno recordar lo que como Estado Parte al que todos pertenecemos nos comprometimos a cumplir.
Es difícil imaginar nuestras vidas sin poder elegir donde, como y con quien vivir, que ropa usar, que lugares frecuentar, que comer, que tomar, mantener nuestra privacidad, elegir y decidir nuestro propio proyecto de vida, sin embargo, para las personas con diversidad funcional este derecho parece estar truncado.
Javier Romañach referente del movimiento de vida independiente en España y uno de los fundadores del foro de vida independiente decía que el término «diversidad funcional» se ajusta a una realidad en la que una persona funciona de manera diferente en una sociedad y la falta de respeto de las mayorías, que en sus procesos constructivos sociales y de entorno, no tiene en cuenta esa diversidad funcional.
Y en esas diferentes formas de funcionar y realizar determinadas tareas aparece para quienes no pueden hacerlo solos , la figura de la Asistencia Personal .
Es un servicio de ayuda personalizada para la vida independiente que reconoce la capacidad y el derecho de toda persona de gozar al máximo su autonomía en la elaboración de su proyecto de vida, respetando su voluntad.
Desde hace varios años, el Movimiento de Vida Independiente de España viene proponiendo y desarrollando la Asistencia Personal como herramienta humana imprescindible para que una persona con diversidad funcional pueda vivir como el resto de la ciudadanía, con dignidad.
¿Si definimos a la dignidad humana como el derecho que tiene cada ser humano, de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona porque estaríamos negando entonces ese derecho a las personas con diversidad funcional? ¿Es respetada, es valorada? ¿Puede una persona con diversidad funcional llevar una vida digna? ¿Quién o quienes lo deciden? Preguntas con respuestas que históricamente puestas en acciones, reflejan una sociedad construida por nosotros y los otros, sujetos que creen tener más derechos sobre otros y peor aún creen que hay quienes no los tienen, por su condición tal vez? Esa condición que me incomoda como ser humano, que me desestabiliza, que me hace pensar que lugar ocupo en una sociedad desigual.
De eso se trata , del RESPETO por la DIGNIDAD HUMANA para poder transformarnos para transformar, con el compromiso de HABILITAR , Estado, FAMILIASE INSTITUCIONES , los medios necesarios para que cada ser humano con diversidad funcional pueda gozar de este derecho LA ASISTENCIA PERSONAL garantizando la vida independiente.
¿Tenemos derechos como ciudadanos a vulnerar derechos? Claramente no.
“Hay solo un derecho humano básico. El derecho de hacer lo que te plazca, pero con ese derecho viene también el único derecho humano: el deber de aceptar las consecuencias” Nietzche
¿Cómo sabrán las consecuencias las personas con diversidad funcional si nunca tuvieron la oportunidad de poder elegir hacer lo que se les plazca??
Por Prof. Sandra Ferrero
Docente de apoyo a la Inclusión
SADOP – Delegación Río Cuarto