Prof. Sandra Ferrero
Asesora en Educación Especial
Sadop Nación.
El presidente Mauricio Macri presentó el Plan Nacional de Discapacidad, en donde dice avanzar en acciones de inclusión, heterogeneidad y compromiso comunitario.
Gran contradicción cuando al mismo tiempo no se pagan las prestaciones de salud, se dilata la entrega de medicación y prótesis, como tampoco se logró el aumento acordado con los transportistas. El programa INCLUIR SALUD, (ex Profe), que cubre más de treinta mil personas con discapacidad, es uno de los más afectados. Cada trámite, lejos está de facilitarles las cosas a las personas con discapacidad, atravesado generalmente por la burocracia.
Este incumplimiento genera gran inestabilidad en familias con personas con discapacidad.
Hablamos de una sociedad para todos, de justicia social y equidad, donde todos tenemos derecho a la educación y al trabajo, para dignificarnos como personas, pero también debemos hablar de todo lo que falta por hacer para lograr que el resto de la sociedad tenga la total convicción de que la inclusión de las personas con discapacidad no nos da más que beneficios.
Sin embargo, senadores rechazaron el cupo para trabajadores con discapacidad, sin darle la posibilidad de desarrollarse plenamente como personas libres y autónomas siendo parte de esta sociedad vulnerando sus derechos.
La norma establece que el sector privado deberá incorporar a personas con discapacidad al igual que en la administración pública.
La medida busca garantizar la igualdad real de oportunidades y de trato por la ley 22.431 “Sistema de protección integral de las personas con discapacidad”.
Se demuestra una vez más cuanto le falta a este Gobierno gestionar y generar recursos, para que la inclusión como valor se consolide, siendo parte de esta Argentina soberana.
El lenguaje cobra importancia a la hora de definir la manera de considerar o de ver a las personas, en una sociedad justa en oportunidades para todos y solidaria, por eso la importancia de nuestras expresiones, primero se es PERSONA.
Por eso la importancia de decir: PERSONAS CON DISCAPACIDAD, personas con dignidad, con valores, con posibilidades, pero por sobre todas las cosas con derechos, con derecho a una educación, a circular por una sociedad accesible, a decidir, a VIVIR, a vivir en un mundo solidario, equitativo, libre y soberano.
La expresión “persona con discapacidad” proviene del modelo social, considerando a la discapacidad como una característica más, entre otras tantas.
Esta terminología está sustentada por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Desde esta visión, la discapacidad queda definida por la relación de la persona con las barreras que la sociedad nos impone transformándose muchas veces en DISCAPACITANTE, barreras físicas, comunicacionales, culturales y actitudinales, que son las que impiden la participación plena y efectiva en la sociedad.
De la misma manera podemos diferencia INCLUSIÓN DE INTEGRACIÓN.
El término INCLUSIÓN supone que la sociedad es la que debe estar preparada para recibir a cualquier persona, basado en el concepto de que la diversidad es una condición humana.
Implica cambio, adaptación, transformación del ambiente en función de las necesidades del sujeto de aprendizaje. La INCLUSIÓN no es solidaridad, es un DERECHO.
El término INTEGRACIÓN: supone la centralización de la acción en el sujeto con necesidades educativas especiales, quien debería adaptarse a ese espacio.
Hoy por hoy, el concepto y la mirada hacia las personas con discapacidad cobran otro valor. Esto se logra gracias al trabajo de las políticas educativas con la aprobación de la CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, a la que adhirió nuestro país en el año 2006. La Convención es un instrumento internacional de derechos humanos de las Naciones Unidas destinadas a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. Partes en la Convención tienen la obligación de promover, proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad y garantizar que gocen de plena igualdad ante la ley.
El texto fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007.Tras su aprobación por la Asamblea General, la Convención será abierta a los 192 Estados Miembros para su ratificación y aplicación. La Convención entraba en vigor cuando fuera ratificada por 20 países, por lo que entró en vigor el 3 de mayo de 2008. La convención cuenta con 160 signatarios, 92 signatarios del Protocolo Facultativo, 173 ratificaciones de la Convención y 92 ratificaciones del Protocolo. Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la primera convención de derechos humanos que se abre a la firma de las organizaciones regionales de integración. Señala un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad.
La Convención está supervisada por el Comité de Expertos de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad. En Argentina tiene fuerza de Ley desde el 2008, registrada bajo el Nro 26.378.
La relación entre discapacidad y pobreza no es una realidad menor, a veces tener una discapacidad requiere adaptar aspectos y bienes naturales ya sean en el hogar, en vehículos o en intervenciones quirúrgicas.
La pobreza hace que las personas estén en desigualdad de oportunidades, y sumado a esto la discapacidad, no pudiendo adaptar la realidad a estas situaciones hace que resulte aún más complejo ser parte de esta sociedad pensada para todos.
Además de generar bases de datos para conocer la cantidad de personas con discapacidad que propone este Gobierno en su nuevo plan, deberá determinar también las causas de las diferentes discapacidades que suelen ser entre otras cosas, consecuencia de desnutrición y violencia de género.
Gabriel Brener, Licenciado en Ciencias de la Educación por la UBA y especialista en Gestión y Conducción de Sistema Educativo, explica en su libro “Inclusión y calidad como políticas educativas de Estado” que la “efectividad de derechos supone la garantía del Estado de llevar adelante las políticas públicas necesarias para que puedan ser vividos”. ”La igualdad ante la leyes lo que hace a los sujetos semejantes entre sí”, afirma.