Anteriormente, el gobierno ya dio de baja a 170 personas hasta que lo frenó un fallo judicial.
Recientemente, se conoce un documento interno de la Agencia Nacional que ordena separar los expedientes de menores de edad que tendrían que cobrar pensiones.
Según el criterio para frenar las pensiones, a niños y niñas con discapacidad es que “ no tienen incapacidad laboral”, según esta Agencia.
El mismo instructivo pone mayores condiciones para personas con cáncer, síndrome de down, HIV, Epoc, Parkinson entre otros. También entra en consideración la revisión de sus bienes.
En el documento revelado también se detallan nuevos requerimientos para los casos de pensionados con síndrome de down como CUD (certificado único de discapacidad) y CMO, (certificado médico oficial) acompañado de la firma del neurólogo, psiquiatra o legista.
Cuando se dan de baja las 170 pensiones, la funcionaria Carolina Stanley anunció que se iba a revisar la medida , pero muchas personas siguieron sin volver a cobrar las pensiones.
La sala II de la Cámara Nacional de Seguridad Social obligó al gobierno a restablecer ese beneficio en Noviembre de 2017 por considerar que la quita “vulneran los derechos a la vida autónoma, la salud, la vivienda, la educación y la dignidad inherente a la persona humana”.
Con esta medida no hay duda alguna que se viola la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad”.
Como bien lo dice el Profesor Nacho Calderón Almendros, Profesor de Teoría de la Educación en la Universidad de Málaga”estar en el mismo lugar no es sinónimo de inclusión, para que la inclusión sea real debemos interactuar”, digo entonces, de qué manera El Estado está interactuando con las personas en situación de discapacidad?
“Es el contexto es el que discapacita y las relaciones desiguales la que obstruye la inclusión”.
Existe la necesidad de adoptar políticas públicas que protejan la diversidad y la dignifiquen.
Este Estado sustenta y refuerza la estratificación de la población en base a la clase social, ofreciendo legitimizar al destino social al que injustamente se ven abocados niños en situación de vulnerabilidad o desventaja social, pero también genera mecanismos que dirigen a las personas llamadas discapacitadas, a la pobreza, exclusión y desvalorización social.
Solo las personas en situación de discapacidad pueden dar testimonio de lo que significa vivir, estudiar, y trabajar eliminando barreras permanentemente, como pidiendo permiso para ser y estar como el resto de la sociedad lo requiere.
¿ De qué inclusión hablamos entonces cuando seguimos quitando derechos adquiridos para las personas en situación de vulnerabilidad?
La discapacidad fue históricamente estigmatizada en nuestra sociedad toda, sin tener en cuenta principios de solidaridad y justicia de oportunidades. Considerar que estos principios, propician el fortalecimiento de la diversidad, para poner en valor a la inclusión, como pilar fundamental de nuestra sociedad.
Por lo tanto, las leyes y acciones políticas deben buscar que todos los ciudadanos puedan ejercer sus derechos y el Estado, seguir constituyéndose como garante de los derechos de las personas con discapacidad.
La inclusión no es solo una rampa, sino también generar recursos para fomentar la presencia de la persona con discapacidad como sujeto de derecho , activo y participante promoviendo el logro como persona autónoma.
(Fuentes extraídas de Pagina 12)
Prof. Sandra Ferrero Educación Inclusiva
SADOP