La Paritaria Federal Docente no es "solo el mínimo salarial", sino que un ámbito mucho más amplio, en donde se incluyen las condiciones salubridad en el trabajo, derechos sociales y previsionales, según explica Mario Almirón, Secretario General de SADOP.
Almirón además detalla que no es "un tema de las provincias", sino que es el “Convenio Marco de la Docencia”, y que vela por los derechos generales de los educadores de toda la República Argentina.
“No devaluemos la Paritaria Docente”, reclama el dirigente de SADOP.
SOBRE QUE COMPRENDE LA PARITARIA FEDERAL
Aquí, un fragmento del Decreto.
"….Art. 6º — El convenio marco regulado por el artículo 10 de la Ley Nº 26.075 comprenderá todas las cuestiones laborales generales que integran la relación de empleo de los trabajadores docentes de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tanto las de contenido salarial como las demás condiciones de trabajo, debiendo considerar como mínimo las siguientes:
a) Retribución mínima de los trabajadores docentes;
b) Materias de índole económica, laboral, asistencial, previsional, y en general las que afecten las condiciones de trabajo, a saber:
I. Condiciones de ingreso a la carrera docente, promoción y capacitación, calificaciones del personal;
II. Régimen de vacantes;
III. Trámites de reincorporaciones;
IV. Jornadas de trabajo;
V. Derechos sociales y previsionales;
VI. Políticas de formación docente y capacitación en servicio;
VII. Representación y actuación sindical;
VIII. Títulos;
IX. Cualquier otra materia vinculada a la relación laboral entre partes dentro de las previstas en el artículo 10 de la Ley Nº 26.075…"
Decreto 457/07. Dr. Néstor Kirchner; Lic. Daniel Filmus; Dr. Carlos Tomada.
* Imagen de archivo